La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este miércoles penas de entre ocho y hasta 16 años de prisión por el delito de tráfico de personas indocumentadas en México.
Esta decisión se deriva de la revisión de una sentencia de amparo directo concedida a una persona condenada por el delito antes mencionado.
En el caso, el inculpado en desacuerdo interpuso un recurso de revisión en el que alegó la inconstitucionalidad de la pena prevista para sancionar el tráfico de indocumentados por ser discriminatoria y desproporcional con la conducta ilícita.
En su sentencia, la SCJN retomó las consideraciones de constitucionalidad vertidas en precedentes relativos al artículo 138 de la Ley General de Población, cuyo contenido se reprodujo en la Ley de Migración en la porción normativa analizada.
En este sentido, la SCJN deliberó que la pena de prisión prevista en la norma reclamada “se justifica en razón de la intención del legislador de desincentivar la comisión del delito de tráfico de personas indocumentadas, debido a las constantes violaciones a sus derechos humanos por parte de organizaciones criminales”.
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