El diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, presentó iniciativa que adiciona artículo 293 bis al Código Familiar del Estado, la cual tiene por objeto amparar ante todo supuesto el interés superior del menor a la hora de adoptarse cualquier medida judicial sobre el mismo.
Así como que los menores puedan tener una sana convivencia y relación con sus progenitores, de conformidad con lo que prevé el principio del interés superior del niño o niña, entendido como un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las condiciones materiales y afectivas que les permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible.
La propuesta establece que, el que perdió la patria potestad por el abandono de sus deberes alimentarios, la podrá recuperar, siempre y cuando: La recuperación de la patria potestad suponga un beneficio en favor del menor; Compruebe que ha cumplido con esta obligación por más de un año; Otorgue garantía anual de cumplimiento; No represente ningún peligro o riesgo para el niño, niña, o adolescente.
De igual manera se establece que la patria potestad puede recuperarse cuando se demuestre solvencia para el cumplimiento de sus obligaciones, mediante un estudio socioeconómico y cualquier otro dato de prueba que el juez considere pertinente; dichos estudios serán realizados por personal del Poder Judicial, de instituciones públicas o peritos particulares.
Badillo Moreno comentó que, la reforma busca dar contenido legal y tutelar a la Convención de los Derechos de las niñas y los niños, garantizando su interés superior en cuanto a su derecho de convivencia y cuidado, así como el derecho a su identidad.
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