Impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, la Ley Federal de Revocación de Mandato cobró forma legal al ser publicada este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Dicha legislación, que entrará en vigor a partir de este miércoles 15 de septiembre, permite a la ciudadanía determinar la conclusión anticipada en el desempeño del Ejecutivo federal en casos de pérdida de confianza o, bien, mediante un ejercicio de sufragio universal, libre, secreto, directo personal e intransferible.
Sin embargo, el inicio del proceso únicamente será a petición de los ciudadanos en un número equivalente, al menos, al 3% de las personas inscritas en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos 17 entidades federativas.
Asimismo, la revocación de mandato podrá solicitarse, por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional, de quien ostente la titularidad del Ejecutivo Federal por votación popular.
Para el ejercicio de la revocación o la continuación del mandato del presidente López Obrador se asignarán 3 mil 830 millones de pesos. Este proceso estará a cargo del Instituto Nacional Electoral y tiene como antecedente una consulta popular marcada por el abstencionismo.
La pregunta aprobada para la consulta ciudadana en esta materia es la siguiente:
“¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.
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