- A la fecha, 22 municipios cuentan ya con su reglamento
En sesión extraordinaria, el Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) validó por unanimidad los proyectos de reglamentos para la integración y funcionamiento de los organismos municipales de participación ciudadana de Coxcatlán, Mexquitic, Rayón, San Martín Chalchicuatla y Tancanhuitz.
Con esta validación a la fecha son 22 municipios los que ya cuentan con su reglamento de participación ciudadana, entre los que destacan también, Axtla de Terrazas, Charcas, Ciudad del Maíz, Ciudad Valles, Salinas, San Nicolás Tolentino, San Vicente Tancuayalab, Tanlajas, Villa de la Paz, Villa de Ramos, Aquismón, Cerritos, Lagunillas, Matlapa, San Antonio, San Ciro de Acosta, San Luis Potosí.
Durante la sesión celebrada en modalidad virtual, el presidente de la Comisión de Capacitación Electoral, Educación Cívica y Cultura Política; Juan Manuel Ramírez García informó que los reglamentos fueron emitidos atendiendo a las disposiciones legales y fueron elaborados acorde a los mecanismos relativos para que las convocatorias sean emitidas con oportunidad, que las asambleas sean realizadas el fin de semana y que se prevea el tema de equidad de género, entre otras.
De acuerdo con el marco legal vigente, una de las responsabilidades de los Ayuntamientos es la de modificar, elaborar y expedir el “Reglamento para la integración y funcionamiento de los organismos de participación ciudadana”, entre los que se encuentran el Consejo de Desarrollo Social Municipal, las Juntas Vecinales de Mejoras, los Comités Comunitarios Urbanos y Rurales, los Organismos Rurales de Agua y Saneamiento, los Comités de Obras o de Programas, así como consejos consultivos, por mencionar algunos, los cuales tienen como objetivo que la ciudadanía coadyuve en las labores de las autoridades municipales.
Para el cumplimiento de esta responsabilidad, la normatividad establece que el Ayuntamiento contará con la colaboración del organismo público local electoral, -a través de un convenio para el apoyo logístico, operativo y material-, la cual inicia con dos vertientes: emisión de lineamientos y asesoría y capacitación.
En el caso de la primera vertiente y de acuerdo a las disposiciones legales aprobadas por CEEPAC, es de carácter obligatorio que los Ayuntamientos presenten su “Reglamento para la Integración y Funcionamiento de los Organismos de Participación Ciudadana”, en tiempo y forma, de lo contrario, “los procesos llevados a cabo sin observar los lineamientos generales emitidos por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, serán nulos”.
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