Marco Valerio
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la tarde de este jueves la llamada “Ley Olimpia” que busca frenar y castigar la violencia digital hacia las mujeres y la turnó al Poder Ejecutivo Federal para su publicación y entrada en vigor.
Con 446 votos a favor y uno en contra, quedó aprobada, en lo general y lo particular, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre Violencia y al Código Penal Federal, mejor conocida como “Ley Olimpia”.
Este dictamen tipifica y sanciona hasta con seis años de prisión y una multa de aproximadamente 90 mil pesos a quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, video o audios de contenido intimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, aprobación o autorización.
Se estableció también que el mínimo y máximo de la sanción se incrementaría hasta en una mitad (de 3 a 6 años) cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.
Esta legislación surgió a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer llamada Olimpia en el estado de Puebla. A partir de esta situación, se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad.