El Diario Oficial de la Federación (DOF) anunció la entrada en vigor de la prohibición de las terapias de conversión en México. Esta reforma, publicada en su edición vespertina del 7 de junio, establece sanciones que van desde multas hasta penas de prisión e inhabilitación profesional para quienes realicen estas prácticas.
La legislación tiene como objetivo proteger el libre desarrollo de la personalidad, así como garantizar el respeto a los derechos humanos y evitar prácticas discriminatorias basadas en la orientación sexual o identidad de género. La medida fue aprobada por la Cámara de Diputados en marzo, tras dos años de espera en el Congreso y previa aprobación en el Senado en octubre de 2022.
La reforma establece penas de dos a seis años de prisión y multas económicas para quienes realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien cualquier tratamiento o práctica que busque cambiar la orientación sexual o identidad de género de una persona.
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