El Congreso del Estado aprobó la reforma de los artículos 43, 44 en sus fracciones, I, II, 46 en su fracción II el párrafo primero y sus incisos, b), y c), 84 en su párrafo cuarto, 99, 100, y 117; y deroga de los artículos, 44 la fracción III, y 46 su párrafo último, de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, esto con una aprobación con 19 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.
Con esto se implica que, se establezca que no se pueda retener las placas o documentos oficiales de conductores por parte de elementos de seguridad pública del Estado y los agentes de tránsito municipales, ya que esto se hace para garantizar el pago de una multa.