La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador no puede opinar o informar sobre la consulta de revocación de mandato.
Por lo anterior, señaló que las normas que abren la posibilidad a que el mandatario pueda opinar o informar “acerca de la continuidad de su cargo” son violatorios de la Ley Federal de Revocación de Mandato.
Recordó que dicha ley establece que el Instituto Nacional Electoral (INE) es el único organismo que puede emplear recursos públicos en la promoción objetiva, imparcial y con fines informativos de consulta de revocación de mandato.
De esta manera, el presidente y el Gobierno de México no pueden influir en la opinión de la ciudadanía durante el proceso de la revocación de mandato.
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