El Congreso del Estado aprobó expedir la Ley de Juntas de Participación Ciudadana del Estado de San Luis Potosí, que tiene como propósito establecer las atribuciones, y responsabilidades de dichos órganos; además de las autoridades estatales, y municipales, con relación a las mismas, y el acercamiento de la gestión gubernamental a la ciudadanía, fomentando la participación de ésta y el ejercicio de sus derechos.
El diputado Rubén Guajardo Barrera, explicó que, mediante este Ordenamiento se fortalece la ciudadanización de las juntas, estableciéndolas como un mecanismo de participación y comunicación entre los ciudadanos y los gobiernos, para fomentar y defender el involucramiento de la ciudadanía en la vida pública.
Se indica que las Juntas de Participación Ciudadana tendrán ámbito de competencia únicamente sobre la territorialidad por la que fueron electas, y contarán con atribuciones para fungir como órgano representativo de las personas habitantes de la territorialidad correspondiente; recibir y resolver mediante acuerdo, las propuestas o solicitudes que presente la ciudadanía en su territorialidad y darlas a conocer a las autoridades correspondientes; establecer convenios y acuerdos con autoridades u organismos de la sociedad civil, con el fin de impulsar el desarrollo de la comunidad; promover la participación ciudadana, especialmente en los programas de mejora en la comunidad; y presentar a los ayuntamientos propuestas relativas a aspectos que impacten la vida de las personas habitantes representadas; entre otras.
Se establece que las Juntas de Participación Ciudadana, son organismos de representación ciudadana con personalidad jurídica, y con capacidad de establecer acuerdos y convenios, con los fines de fomentar y defender la participación ciudadana, así como promover la vinculación de las autoridades con la ciudadanía.
Se indica que la convocatoria para la integración de las Juntas deberá expedirse por el ayuntamiento que corresponda, en coordinación con el Consejo Estatal Electoral y de Participación (CEEPAC), que emitirá también los lineamientos correspondientes para la instalación de los centros de votación, recepción y cómputo de los votos, así como publicación de los resultados. En la integración de las Juntas deberá observarse el principio de paridad de género vertical y horizontal, por ayuntamiento. Con esta nueva legislación, se apertura la participación y el empoderamiento de la ciudadanía, por medio del reconocimiento de su derecho a participar, y regula un organismo diseñado para servir como intermediario entre las demandas de los habitantes y los ayuntamientos, y da paso al proceso de inclusión de la ciudadanía en la acción pública.